miércoles, 29 de abril de 2009

NOVEDADES FISCALES RENTA 2008

No son muchas las novedades que se van a tener en esta declaración. Destaca la inclusión de la deducción por cantidades pagadas por el alquiler de la vivienda habitual. El porcentaje que se pueden deducir los arrrendatarios es del 10,05% sobre las cantidades pagadas siempre que la base imponible sea inferior a 24.020 euros.

Respecto la tributación de personas con minusvalía reconocida si existen importantes variantes respecto otros años. Para todos los que queráis ampliar la información al respecto, echad un ojo a estos folletos informativos de la AEAT (PDF), dado que se modifican bastantes parámetros, desde los mínimos personales y familiares a las deducciones por todos los ingresos que se obtengan.

El paquete de deducciones autónomicas que se pueden llevar a cabo, haremos un tratamiento más extenso en las siguientes guías que publiquemos al efecto, aunque os adelanto que no tenemos modificaciones sustanciales en las deducciones de años anteriores.

Información necesaria para comprobar el borrador o confeccionar nuestra declaración

Por otra parte, tenemos que ir recopilando toda la información necesaria para comprobar nuestro borrador. Esta información se resume fundamentalmente en la recopilación de todos los ingresos que hayamos tenido en el año así como los justificantes de todos los gastos deducibles. Funadamentalmente tenemos que tener a mano:
  • Certificados de rendimientos del trabajo. Los emiten las empresas en donde hayamos trabajado durante todo el año 2008.
  • Justificantes de pago de cuotas a colegios profesionales, sindicatos y partidos políticos si pertenecemos a cualquiera de estos colectivos.
  • Certificados de rendimientos de cuentas bancarias, depósitos, imposiciones a plazo fijo emitidos por las distintas entidades financieras.
  • Certificados de cantidades destinadas a pagos de préstamos hipotecarios si son destinados a financiar la adquisición por vivienda habitual.
  • Si hemos comprado sobre plano nuestra vivienda, certificados de pagos realizados al promotor o facturas pagadas durante el año.
  • Estractos de nuestras posiciones y movimientos en fondos de inversión, carteras de valores, inversiones financieras de cualquier tipo.
  • Certificados de imputaciones de rentas por otras entidades. Imaginemos que tenemos participación en alguna comunidad de bienes y se ha realizado cualquier reparto de beneficios durante el año.
  • Si hemos vendido algún inmueble o hemos modificado la composición de nuestros bienes, tendremos a mano las escrituras de compra y venta, así como todas las facturas de notarios, registro de la propiedad e impuestos que hayamos tenido que pagar por estas propiedades.
  • Recibos de los impuestos de bienes inmuebles que sean de nuestra titularidad.
  • Cualquier otro documento o justificante de ingreso computable o gasto deducible que pueda ser tenido en cuenta en la declaración y no esté relacionado aquí.


Como vemos, se pueda emitir nuestro borrador o no, tener toda esta información a mano es muy importante para poder confeccionar correctamente nuestra declaración de IRPF:Respecto la emisión de datos fiscales o el propio borrador, la AEAT nos va a proporcionar un fichero con todos nuestros datos, en la plataforma del Portal de servicios personalizados de Renta.

No hay comentarios:

Lo que tu banquero no te cuenta Las finanzas personales

M uchas personas están descontentas con las oportunidades de inversión ofrecidas por sus bancos, pero creen que no tienen alternativ...